13/1/07

Modifican en Cuba impuestos sobre documentos legales

Modifican impuestos sobre documentos

Se afectarán las certificaciones que se expiden en los Registros Civiles, las Declaratorias de Herederos y el Registro Central de Sancionados, entre otros.

Por: Dora Pérez Sáez

A partir del próximo lunes 15 de enero entrará en vigor la Resolución número 344 de 2006, del Ministerio de Finanzas y Precios, que modifica el impuesto sobre documentos que llevan las certificaciones que se expiden en los Registros Civiles, los Registros de Actos de Última Voluntad y Declaratorias de Herederos, y el Registro Central de Sancionados.

En conferencia de prensa, María Esther Reus, viceministra de Justicia, explicó que la modificación consiste, en algunos casos, en que disminuye el valor del sello que lleva el documento, mientras que en otros aumenta, pero nunca habrá una afectación a la población que incremente el costo total del trámite.

«Hasta este momento —reveló—existía el impuesto en sellos, y además se cobraba en efectivo el servicio. Este último pago desaparecerá a partir del lunes. Ahora el propio sello del impuesto al documento subsume todos estos servicios sin que se pague nada.

«Ha sido una sustitución del cobro en efectivo por el impuesto en sello, lo cual va a permitir una mayor agilidad en la prestación de los servicios, ya que ahora la diligencia no está sujeta a una recepción de efectivo en las unidades ni a un posterior depósito bancario, lo que traía una limitación en el horario de atención a la población».

Según la nueva resolución, los documentos expedidos en el Registro Civil llevan los siguientes sellos: certificaciones de nacimiento, de matrimonio y de defunción: 5.00 pesos; certificaciones de acta de ciudadanía y de capitulaciones matrimoniales: 10.00 pesos; certificaciones literales y de capacidad legal: 30.00 pesos, y otra certificación no especificada anteriormente, que se base en inscripciones o anotaciones marginales, resultantes de los libros y documentos de los mencionados registros: 5.00 pesos.

De los trámites que se realizan en esas oficinas, costarán 15.00 pesos el expediente de subsanación de error, la declaración jurada para cambios de nombre, el expediente de inscripción fuera de término y el reconocimiento de filiación. La formalización de matrimonios costará 25.00 pesos, mientras que la autorización a menores de edad para contraer matrimonio y las solicitudes de cambio, adición o supresión de nombre o apellidos, tendrán un impuesto de 30.00 pesos.

Los documentos de actos de última voluntad y de declaratoria de herederos, tramitados ambos en las oficinas del Registro de Actos de Última Voluntad y de Declaratoria de Herederos, costarán 10.00 pesos.

Por último, de los documentos tramitados en el Registro Central de Sancionados, costarán 10.00 pesos la certificación de antecedentes penales y los dictámenes, y 40.00 pesos el expediente de cancelación de antecedentes penales.

http://www.juventudrebelde.cu/cuba/2007-01-12/modifican-impuestos-sobre-documentos/

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